
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha en su sentencia 1668/2018, de 17 de diciembre (Rec. 1515/2017) indica que la situación de los estudiantes de realizar prácticas de formación ya sean:
- Remuneradas
- No remuneradas
- Curriculares
- Extracurriculares
no es la misma que la de trabajo por cuenta ajena, por lo que no se restringe a los efectos de obligación de la inclusión en el régimen general de la seguridad social según lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1493/2011 y por lo tanto es compatible con la prestación de desempleo que venía percibiendo.
Esta debe ser la regla general, salvo que de forma objetiva se pruebe un fraude mediante el cual se esté intentando disimular una auténtica relación laboral.